Fiscalidad de las criptomonedas en España: guía 2026

Sí: la mayoría de operaciones con criptomonedas tributan en España, y hay nuevas obligaciones informativas que conviene revisar ahora. Si tus criptoactivos en el extranjero superan los 50.000 € a 31 de diciembre, debes presentar el modelo 721. Además, la Agencia Tributaria ya recibe datos de exchanges y de otros países vía DAC8 y los modelos 172 y 173. El primer paso práctico es reunir tus exportaciones en CSV, valorar tus saldos a cierre de año y aplicar el criterio FIFO antes de sentarte a hacer la Renta.
En resumen:
- La tributación de las criptomonedas en España incluye ganancias patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario, con tramos del IRPF que llegan hasta el 30 % para ganancias superiores a 300.000 €.
- Es obligatorio presentar el modelo 721 si tus criptoactivos en el extranjero superan los 50.000 € a 31 de diciembre, además de cumplir con los modelos 172 y 173 por informes de los exchanges.
- La normativa fiscal exige aplicar el criterio FIFO para calcular las ganancias, y el cambio de divisa en plataformas internacionales debe convertir cada operación a euros al tipo de cambio exacto del día.
- Hacienda cruzará automáticamente los datos de los modelos 172, 173 y DAC8 para ampliar la trazabilidad, por lo que documentar correctamente cada operación reduce el riesgo de sanciones.
- La Agencia Tributaria considera las criptomonedas como bienes patrimoniales que deben incluirse en el Impuesto sobre el Patrimonio y en herencias o donaciones, según corresponda.
Tabla de contenidos
- Qué impuestos aplican a las criptomonedas y en qué tramos tributan
- Qué operaciones con criptomonedas generan obligación fiscal
- Modelos informativos y DAC8: 721, 172/173 y el nuevo intercambio automático
- Cómo calcular ganancias y pérdidas con el método FIFO
- Plazos, sanciones y cómo regularizar si no declaraste
- Cómo obtiene Hacienda los datos y qué revisar antes de declarar
- El Impuesto sobre el Patrimonio y tus criptoactivos
- Herencias y donaciones con criptomonedas: qué normativa aplica
- Comprar y vender en plataformas internacionales: el efecto del cambio de divisa
- Diferencias autonómicas en la fiscalidad de las criptomonedas
- Buenas prácticas para documentar tus operaciones con criptomonedas
- Perspectiva del autor: por qué conviene regularizar y documentar hoy
- Consolida tus criptoactivos y prepara la Renta sin conectar tu banco
- Fuentes
- Preguntas frecuentes
Qué impuestos aplican a las criptomonedas y en qué tramos tributan
La fiscalidad de las criptomonedas en España distingue dos figuras. Cuando vendes, permutas o gastas criptomonedas obtienes una ganancia o pérdida patrimonial, y esa cantidad se integra en la base del ahorro. Cuando recibes tokens por ceder liquidez o por participar en un protocolo, en cambio, suele tratarse de un rendimiento del capital mobiliario, con matices según el caso. La Agencia Tributaria confirma que tanto la venta por euros como el intercambio entre criptomonedas distintas generan ganancias o pérdidas patrimoniales sujetas al IRPF.
Consejo profesional: no esperes a diciembre para calcular tus tramos. Simular la cuota con los datos de cada trimestre te evita sorpresas y te permite compensar pérdidas dentro del mismo ejercicio.
Los tramos de la base del ahorro para 2026, según el cálculo del impuesto que detalla la propia AEAT, son estos:
- Hasta 6.000 €: 19 %
- De 6.000 € a 50.000 €: 21 %
- De 50.000 € a 200.000 €: 23 %
- De 200.000 € a 300.000 €: 27 %
- Más de 300.000 €: 30 %.
Un ejemplo sencillo: si compraste 0,5 bitcoin a 20.000 € y los vendiste por 32.000 €, la ganancia de 12.000 € tributaría al 19 % en los primeros 6.000 € y al 21 % en el resto, salvo que tengas pérdidas de otras operaciones que compensar.
Qué operaciones con criptomonedas generan obligación fiscal
No todas las operaciones tributan igual, y clasificarlas mal es el error más habitual en la declaración fiscal de criptomonedas.
- Venta por euros: el hecho imponible nace en el momento del cobro, comparando el valor de venta con el de adquisición más los gastos asociados.
- Permutas entre criptomonedas (swap): cambiar bitcoin por ether se trata fiscalmente como una transmisión, valorada al precio de mercado en euros en el momento del canje, aunque no haya salida a fiat.
- Pagos con criptomonedas: comprar un bien o servicio con cripto también es una transmisión y genera ganancia o pérdida por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado en el momento del pago.
- Staking y airdrops: las recompensas por staking suelen calificarse como rendimiento del capital mobiliario en el momento de recibirlas, mientras que los airdrops se valoran como ganancia patrimonial si no hay contraprestación previa.
- Minería y NFT: minar de forma habitual y organizada puede calificarse como actividad económica, con retenciones y cotizaciones distintas; una venta puntual de NFT, en cambio, suele tratarse como ganancia patrimonial ordinaria.
Modelos informativos y DAC8: 721, 172/173 y el nuevo intercambio automático
Tres piezas normativas determinan qué sabe Hacienda sobre tus criptoactivos y cuándo debes informar tú mismo.
- Modelo 721. Se presenta cuando el saldo agregado de criptoactivos custodiados fuera de España supera los 50.000 € a 31 de diciembre. Se presenta entre enero y marzo del año siguiente y su omisión conlleva sanciones específicas.
- Modelos 172 y 173. Obligan a los exchanges que operan en España a informar de los saldos y movimientos de sus clientes, lo que reduce drásticamente el margen de opacidad que existía hasta hace pocos años.
- DAC8 y el estándar CARF. La directiva europea amplía el intercambio automático de información entre administraciones tributarias para incluir criptoactivos. El proyecto de orden ministerial que transpone DAC8 en España prevé que los proveedores de servicios cripto comuniquen operaciones y saldos de forma sistemática, con cruces entre países de la Unión Europea.
En la práctica, esto convierte el intercambio automático de información en la norma, no la excepción, y explica por qué la trazabilidad de las operaciones ha crecido tan rápido en apenas dos años.
Cómo calcular ganancias y pérdidas con el método FIFO
Hacienda exige aplicar el criterio FIFO (primero en entrar, primero en salir) para calcular qué unidades concretas vendiste y a qué precio las compraste. No puedes elegir vender las unidades más caras para minimizar la ganancia; el orden cronológico de compra manda.
- Ordena todas tus compras de una misma criptomoneda por fecha, incluyendo comisiones.
- Cuando vendes, asigna la venta a las unidades más antiguas todavía disponibles, aunque estén repartidas entre distintos exchanges.
- Convierte cada operación a euros al tipo de cambio del momento exacto de la compra o la venta, nunca con un tipo medio anual.
Un ejemplo: compraste 1 ETH a 1.500 € en marzo y otro a 2.200 € en julio. En octubre vendes 1 ETH por 2.800 €. Con FIFO, la venta se imputa al ETH de marzo: la ganancia es de 1.300 €, no de 600 €.
Consejo profesional: si operas en varios exchanges, exporta el historial en CSV de cada uno con fecha, tipo de operación y contravalor en euros antes de aplicar FIFO; mezclar cuentas sin ese registro unificado es la causa más común de errores en la declaración. Nuestra guía sobre FIFO paso a paso desarrolla el cálculo con más casos.
Plazos, sanciones y cómo regularizar si no declaraste
La declaración de la Renta se presenta entre abril y finales de junio, y el modelo 721 tiene su propia ventana, de enero a marzo. No declarar ganancias de criptomonedas puede acarrear recargos que van del 5 % al 20 % si regularizas antes de un requerimiento, y sanciones más severas si Hacienda detecta la omisión primero.
- Si detectas que olvidaste declarar una operación de un ejercicio anterior, presenta una complementaria cuanto antes: cuanto más rápido regularices, menor será el recargo.
- Reúne extractos de exchanges, historiales de wallets y justificantes de conversión a euros antes de presentar cualquier corrección.
- La prescripción fiscal general es de cuatro años, pero el reloj empieza a correr desde el fin del plazo voluntario de declaración, no desde la operación.
Cómo obtiene Hacienda los datos y qué revisar antes de declarar
La Agencia Tributaria ya no depende solo de lo que el contribuyente declare. Cruza la información de los modelos 172 y 173 que presentan los exchanges españoles con los datos que llegan vía DAC8/CARF desde otras jurisdicciones europeas, y añade los listados de proveedores que ya operan bajo supervisión de MiCA.
- Revisa siempre las casillas 1800 a 1814 de la Renta, donde la AEAT precarga operaciones con criptomonedas reportadas por exchanges españoles.
- Contrasta esa precarga con tus propios extractos: los datos que llegan a Hacienda desde los exchanges no siempre reflejan operaciones cruzadas entre plataformas o wallets propias.
- Guarda capturas, exports CSV y justificantes de cada operación por si recibes un requerimiento de comprobación.
El Impuesto sobre el Patrimonio y tus criptoactivos
Las criptomonedas cuentan como parte de tu patrimonio a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio y tus criptoactivos, igual que las acciones o los inmuebles. Se valoran por su precio de mercado a 31 de diciembre, convertido a euros con el tipo de cambio de ese día, y se suman al resto de bienes y derechos para calcular la base imponible.
Cada comunidad autónoma fija su propio mínimo exento y sus propias reducciones, así que el umbral a partir del cual debes presentar el impuesto varía según dónde residas fiscalmente. En la mayoría de territorios, el mínimo exento general se sitúa en 700.000 €, aunque algunas comunidades lo han elevado o mantienen exenciones adicionales para determinados activos.
Un matiz que se pasa por alto con frecuencia: si tus criptoactivos están en un exchange extranjero y ya declaraste su saldo en el modelo 721, eso no te exime de incluirlos también en el Impuesto sobre el Patrimonio si superas el umbral autonómico correspondiente. Son obligaciones distintas, con finalidades distintas, y Hacienda las cruza entre sí. Tampoco existe una exención específica para criptomonedas frente a otros activos financieros: la normativa las trata como un bien más, sujeto a las mismas reglas de valoración y de mínimo exento que cualquier cartera de inversión.

Herencias y donaciones con criptomonedas: qué normativa aplica
Heredar o recibir en donación criptomonedas activa el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, gestionado por cada comunidad autónoma. La base imponible es el valor de mercado de los criptoactivos en el momento del fallecimiento o de la donación, no el precio al que el causante o donante los adquirió originalmente.
Esto genera una diferencia práctica importante frente a la compraventa: el heredero no arrastra el precio de compra original para calcular una futura ganancia patrimonial, sino que su nuevo valor de referencia (a efectos de un IRPF posterior) es el valor declarado en la herencia. Si ese valor no se declara correctamente, cualquier venta futura puede generar una ganancia patrimonial artificialmente inflada.
El problema añadido con las criptomonedas es la prueba de valoración: al no existir un registro público centralizado como en un inmueble, conviene documentar el valor exacto en el exchange o wallet correspondiente el día del hecho imponible, con capturas de pantalla fechadas y, si es posible, un informe de terceros.
Comprar y vender en plataformas internacionales: el efecto del cambio de divisa
Operar en exchanges radicados fuera de España no cambia tus obligaciones fiscales como residente: sigues tributando en España por tu renta mundial, y si el saldo agregado en el extranjero supera los 50.000 €, el modelo 721 se activa igual que si fuera un exchange español.
La complicación real aparece con el cambio de divisa. Muchas plataformas internacionales operan en dólares o en otras monedas distintas del euro, y cada operación debe convertirse a euros al tipo de cambio vigente en la fecha exacta de la compra o la venta, no con un tipo medio del mes o del año.
Un ejemplo habitual: compras cripto en un exchange que opera en dólares cuando el euro está débil, y vendes meses después cuando el euro se ha fortalecido frente al dólar. Aunque el precio en dólares apenas haya subido, la ganancia en euros puede ser notablemente distinta, y es esa cifra en euros la que debes declarar. Conviene registrar el tipo de cambio del Banco Central Europeo del día exacto de cada operación, no fiarse de la conversión automática que ofrece el propio exchange, que a veces aplica un tipo con margen comercial incluido.

Diferencias autonómicas en la fiscalidad de las criptomonedas
El IRPF y su tramo estatal de la base del ahorro son iguales en toda España, pero eso no significa que la carga fiscal final sea idéntica en cualquier comunidad autónoma. Las diferencias reales aparecen en dos frentes: el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ambos cedidos parcialmente a las comunidades.
Cada comunidad autónoma puede fijar su propio mínimo exento en el Impuesto sobre el Patrimonio y aplicar bonificaciones distintas. Algo similar ocurre con las herencias y donaciones que incluyen criptoactivos: el porcentaje de bonificación entre familiares directos varía mucho de una comunidad a otra, y esa diferencia se aplica igual sobre una cartera de bitcoin que sobre un piso o una cuenta bancaria.
Lo que no varía por comunidad autónoma es el tramo estatal del IRPF sobre las ganancias patrimoniales derivadas de vender o permutar criptomonedas: esa parte de la tributación es común en todo el territorio, salvo peculiaridades de los regímenes forales del País Vasco y Navarra, que tienen normativa propia y plazos que pueden diferir de los del territorio común.
Buenas prácticas para documentar tus operaciones con criptomonedas
Un buen registro es la diferencia entre una declaración tranquila y meses de dolores de cabeza si Hacienda pide justificantes.
- Exporta el historial completo de cada exchange y wallet en CSV con fecha, tipo de operación, cantidad y contravalor en euros, incluso de plataformas que ya no usas.
- Aplica el criterio FIFO de forma consolidada entre todas tus cuentas, nunca exchange por exchange de forma aislada.
- Guarda capturas de pantalla fechadas de saldos relevantes, especialmente a 31 de diciembre para el modelo 721 y el Impuesto sobre el Patrimonio.
- Documenta el tipo de cambio euro/divisa exacto de cada operación en plataformas internacionales, sin depender solo de la conversión del propio exchange.
- Si recibiste criptomonedas por herencia o donación, conserva el justificante del valor de mercado en la fecha del hecho imponible.
Perspectiva del autor: por qué conviene regularizar y documentar hoy
La trazabilidad ya es casi completa en los exchanges regulados de la Unión Europea, así que esperar a que Hacienda pregunte es la peor estrategia posible. Documentar cada operación con criterio FIFO desde ya, con herramientas que automaticen ese cálculo, es lo único que realmente reduce el riesgo.
— Damian
Consolida tus criptoactivos y prepara la Renta sin conectar tu banco
Hay herramientas que permiten importar movimientos por CSV o registro manual para consolidar saldos, aplicar el criterio FIFO y generar informes necesarios para la declaración fiscal.

A diferencia de las aplicaciones que exigen conectar tus cuentas bancarias mediante open banking, Netclariq funciona sin ese acceso, así que tú decides qué datos introducir y cuándo. El módulo de fiscalidad con cálculo FIFO está pensado precisamente para el problema que describe esta guía: consolidar operaciones de varios exchanges y wallets en un único cálculo coherente, sin duplicar ni perder movimientos. Puedes probar el plan Pro gratis durante 30 días y comprobar tú mismo cómo queda tu patrimonio neto una vez incluyes tus criptoactivos junto al resto de tus cuentas y deudas.
Fuentes
Consulta directamente la Agencia Tributaria sobre monedas virtuales y el proyecto de transposición de DAC8 para confirmar cifras y plazos vigentes.
Este artículo es información general y no sustituye el consejo de un asesor financiero cualificado. Consulte a un profesional financiero cualificado sobre su caso particular antes de actuar según este contenido.
- Compra y venta de monedas virtuales: tributación en el IRPF del inversor — Agencia Tributaria
- Preguntas frecuentes sobre el modelo 721 — Agencia Tributaria
- Proyecto OM DAC8 — Hacienda
- ¿Cómo incluir las criptomonedas en la declaración de la renta en España? — BBVA
Preguntas frecuentes
¿Hasta qué cantidad de criptomonedas puedo tener sin declarar?
En España no hay un mínimo exento para declarar ganancias en el IRPF; cualquier importe tributa. El modelo 721 solo se activa si tus criptoactivos en el extranjero superan los 50.000 € a 31 de diciembre.
¿Tengo que pagar Hacienda si cambio bitcoin a euros?
Sí. Convertir bitcoin a euros genera una ganancia o pérdida patrimonial sujeta a IRPF, calculada por la diferencia entre el valor de venta y el de adquisición.
¿Cómo sabe Hacienda si tengo criptomonedas?
A través de los modelos 172 y 173 que presentan los exchanges españoles, y del intercambio automático de información entre países bajo DAC8/CARF, que amplía la trazabilidad de operaciones en toda la Unión Europea.
¿Puede una herramienta como Netclariq ayudarme a calcular mis ganancias con criptomonedas?
Sí. Existen herramientas que permiten consolidar movimientos de varios exchanges y wallets, aplicar el criterio FIFO unificado y exportar informes para la declaración fiscal.